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DUDAS SOBRE FACTURACIÓN

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SOBRE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA...

En enero del 2013 comenzó la facturación electrónica en México y el 01 de junio del 2022 entra en vigor la 4ta versión de los CFDis. Para poder cumplir con las obligaciones fiscales en cuanto a Facturación les detallamos los principales cambios. Sin embargo les recomendamos revisar con su Departamento Contable o su Contador para que le den mayores indicaciones.



SOBRE EL REGIMEN FISCAL...

Es necesario conocer el tipo de Regimen Fiscal de cada uno de nuestros clientes. Este dato lo puedes consultar en tu Constancia de Situación Fiscal y es el tipo de regimen sobre el cual pagas impuestos. Las opciones son las siguientes:
  • 601 - General de Ley Personas Morales
  • 603 - Personas Morales con Fines no Lucrativos
  • 605 - Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios
  • 606 - Arrendamiento
  • 607 - Régimen de Enajenación o Adquisición de Bienes
  • 608 - Demás ingresos
  • 610 - Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México
  • 611 - Ingresos por Dividendos (socios y accionistas)
  • 612 - Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales
  • 614 - Ingresos por intereses
  • 615 - Régimen de los ingresos por obtención de premios
  • 616 - Sin obligaciones fiscales
  • 620 - Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos
  • 621 - Incorporación Fiscal
  • 622 - Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
  • 623 - Opcional para Grupos de Sociedades
  • 624 - Coordinados
  • 625 - Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
  • 626 - Régimen Simplificado de Confianza
Es importante que este dato sea correcto ya que de lo contrario no sera deducibel tu factura. Así que ante cualquier duda revisa con tu departamento contable o tu contador.



SOBRE EL USO DE CFDI ...

A partir del 01 de junio del 2022 ya no se permité timbrar facturas electrónicas CFDis con uso de P01 - Por Definir. Por lo que les pedimos que elijan otro uso para su comprobante. Es importante recalcar que no se podran cancelar facturas para realizar el cambio de Uso de CFDi por lo que si no sabes que Uso elegir, te recomendamos que contactes a tu contador.



SOBRE CANCELACIONES ...

El proceso de cancelar Facturas requiere ahora de mucho trabajo ya que se requiere la aceptación del Receptor para que un CFDi pueda ser cancelado. Por lo tanto solo se cancelaran facturas previa solicitud por escrito y firmada por el Representante Legal o Titular de quien solicita la cancelación.



SOBRE LOS PAGOS EN PARCIALIDADES...

A partir del 01 de diciembre del 2017 el SAT nos pide que timbremos los CFDi's especificando si se pagaron o van apagar en una sola exhibición o en parcialidades (más de una exhibición). Estas dos opciones se registrarán con las opciones explicitas del SAT:
  • PUE - Pago en una sola exhibición
  • PPD - Pago en parcialidades o diferido
Cuando el CFDi se timbre para pagos en parcialidades, también se timbrará un Comprobante de Pago por cada pago o parcialidad que recibamos. Estos comprobantes de pago se harán de acuerdo a la Ley y conforme se establece en el Complemento de Pagos. Estos Comprobantes de Pago no son facturas sino que son una forma de comprobar cada uno de los pagos y están ligados electrónicamente con la Factura.